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Sábado 09 de Enero de 2010
Por orden de la justicia, debió sacarse a un hombre que estuvo informado por mas de cinco años en el resgistro de morosos.-
La Justicia ordenó a una consultora de riesgo crediticio que saque de sus registros a una persona porque la anotación superó el plazo máximo de cinco años que establecen las normas legales, informaron hoy fuentes judiciales.
La Sala B de la Cámara Nacional en lo Comercial revocó una sentencia de primera instancia y dispuso que la información sea eliminada de los registros de la empresa "Veraz".
El tribunal desestimó los argumentos sobre la real situación financiera del registrado y ratificó el denominado "derecho al olvido" por el lapso de tiempo que pasó sin que se renueve la información.
La ley 25.326, de "Protección de los datos personales", establece que "sólo se podrán archivar, registrar o ceder los datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de los afectados durante los últimos cinco años". Ese plazo queda reducido a dos años cuando el deudor cancela o cumple con las obligaciones que permanecían impagas.
En este caso, el particular promovió una acción de amparo en abril de 2006 porque, a pesar de haber transcurrido más de un lustro desde que comenzó a aparecer en las bases de datos, seguía siendo informado por la misma deuda desde diciembre de 1999.
Los camaristas Miguel Bargalló y María Gómez Alonso tuvieron en cuenta el plazo transcurrido, "más allá de la atribución o no de la deuda" al demandante.
(Fuente:Clarín)
http://www.clarin.com/diario/2007/06/21/um/m-01442491.htm
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